El presidente se elige directamente si un candidato obtiene más del 50 % de los votos válidos. Si ninguno alcanza ese nivel, los dos candidatos con más votos pasan a una segunda votación dentro de un máximo de 60 días. Un candidato presidencial debe ser ciudadano namibio por nacimiento o descendencia, tener más de 35 años, poder votar en las elecciones de la Asamblea Nacional y estar inscrito como votante. Un partido político o un candidato independiente puede nominar a una candidatura presidencial; el candidato independiente necesita al menos 500 apoyos de votantes inscritos en cada una de las 14 regiones de Namibia, o 7.000 apoyos en total. Pueden aplicarse depósitos de candidatura, incluidos N$20.000 para un candidato de partido y N$10.000 para uno independiente según las reglas indicadas. La Asamblea Nacional tiene 96 escaños electos y puede incluir hasta ocho miembros sin derecho a voto nombrados por el presidente. Los votantes eligen una lista de partido registrada mediante votación proporcional, directa y secreta. La cuota de escaños se calcula dividiendo los votos válidos entre 96; los escaños restantes se asignan por el método de mayores restos y los empates se resuelven por sorteo. Una lista debe contener al menos 32 y como máximo 96 candidatos; cada candidato debe ser votante inscrito y miembro del partido. El mandato legislativo máximo es de cinco años. Namibia tiene 14 regiones y 121 circunscripciones. Cada circunscripción elige un consejero regional por mayoría simple: gana quien obtiene más votos. Después, los consejeros regionales electos eligen a 42 integrantes del Consejo Nacional; en ese proceso participan tres consejeros de cada región. El mandato de los consejeros regionales dura cinco años. Los consejos de autoridades locales corresponden a 59 autoridades locales, incluidos municipios, ayuntamientos y consejos de aldeas. Utilizan representación proporcional: los votantes eligen un partido, organización o asociación y sus listas ocupan los escaños disponibles durante un mandato de cinco años. La ECN es una autoridad electoral independiente, transparente e imparcial. Tiene cinco comisionados, cada uno con un mandato de cinco años y un máximo de dos mandatos. Su Dirección y el Jefe de Elecciones y Referendos apoyan la administración electoral. Las elecciones presidenciales, de la Asamblea Nacional, de los consejos regionales y de las autoridades locales se celebran conforme a la Ley Electoral de 2014 (Ley n.º 5 de 2014); las elecciones parciales cubren vacantes entre elecciones ordinarias. Normalmente, la inscripción exige acudir personalmente a un centro de la ECN, aportar una fotografía, completar un formulario, hacer una declaración, firmar o dejar una huella dactilar y presentar pruebas de identidad, edad, ciudadanía y residencia. La tarjeta de inscripción incluye fotografía, firma, código de barras bidimensional y la región, circunscripción o autoridad local pertinente. La residencia puede acreditarse con una factura de agua, electricidad o teléfono o, cuando se acepte, una declaración jurada. La inscripción para las elecciones presidenciales y de la Asamblea Nacional puede realizarse en cualquier centro; para los consejos regionales depende de la circunscripción del votante y para las autoridades locales, de su zona de residencia. Pueden votar los ciudadanos namibios de al menos 18 años, con sujeción a exclusiones legales por incapacidad mental o trastorno mental determinados por un tribunal o por detención prevista en la ley. El encarcelamiento no impide por sí solo inscribirse para votar en elecciones presidenciales, de la Asamblea Nacional o referendos. La inscripción general suele celebrarse durante un periodo comprendido entre dos fechas fijadas dentro de un ciclo de diez años. La ECN puede recomendar una inscripción complementaria, que se inicia por proclamación presidencial. La inscripción continua puede suspenderse antes de una elección. Se pone a disposición un registro provisional para consulta y normalmente hay siete días laborables para presentar objeciones. Las fuentes principales no indican una tasa de inscripción electoral; conviene confirmar con la ECN cualquier cobro local o requisito documental antes del periodo de inscripción o de las elecciones. Las fechas de nominación, los colegios electorales y el día de votación se fijan mediante proclamación y publicación en la Gaceta Oficial. Las nominaciones presidenciales se hacen en una reunión pública de la ECN. Los candidatos a la Asamblea Nacional concurren mediante listas de partidos registrados; los candidatos a los consejos regionales pueden ser independientes si cuentan con al menos 150 votantes inscritos que los apoyen en la circunscripción. Los candidatos a autoridades locales concurren mediante listas de partidos, organizaciones o asociaciones. Para las elecciones de 2025, la inscripción complementaria se llevó a cabo del 4 al 19 de agosto; el registro final contó 1.499.449 votantes para 121 circunscripciones y 752.043 para 59 autoridades locales; la votación estaba prevista para el 26 de noviembre, de 07:00 a 21:00. La ley puede permitir centros temporales de inscripción y misiones en el extranjero para elecciones presidenciales y de la Asamblea Nacional. El voto autorizado o condicionado puede aplicarse a votantes elegibles ausentes, según la Ley Electoral. En el colegio electoral, el votante presenta la tarjeta y se verifican su identidad y tarjeta, incluido un control de voto previo y un procedimiento de marca de identificación o huella. Elige un partido o candidato para la elección correspondiente. Las papeletas muestran el nombre, símbolo y fotografía del partido o candidato. Se permiten legalmente máquinas de voto electrónico, pero deben dejar un rastro verificable en papel; si difieren los registros electrónicos y en papel, prevalece el recuento en papel. La papeleta estropeada puede reemplazarse conforme al procedimiento aplicable. Un votante ciego o con limitaciones físicas puede recibir ayuda de una persona de confianza de al menos 18 años. Los empleadores y proveedores de alojamiento deben permitir la participación electoral. Los votantes tienen derecho a votar de forma libre, justa, creíble y no discriminatoria, sin intimidación ni coacción. Se prohíben los incentivos, la obstrucción, el alcohol y las drogas durante el proceso; no se permite llevar colores o insignias de partido a menos de 500 metros de un centro de votación. Al cerrarse la votación, se sellan las urnas y los equipos electrónicos y comienza inmediatamente el recuento, abierto a agentes y observadores acreditados. Una papeleta puede rechazarse si tiene varias marcas, carece de marca oficial, está en blanco o no es clara; se cuenta una marca de voto inequívoca. Los agentes de recuento pueden solicitar un nuevo recuento. Los resultados se anuncian o exhiben localmente y pasan por el oficial de escrutinio, el jefe electoral y la presidencia de la ECN. La ECN determina quién gana la presidencia; los escaños de la Asamblea Nacional y los consejos locales se asignan proporcionalmente, y el candidato más votado gana cada circunscripción regional. Los resultados adquieren carácter vinculante mediante el procedimiento de publicación previsto, incluida la Gaceta Oficial. Las elecciones presidenciales y de la Asamblea Nacional de 2024 se celebraron del 27 al 30 de noviembre de 2024 y sus resultados se publicaron en la Gaceta el 3 de enero de 2025. Netumbo Nandi-Ndaitwah fue elegida presidenta. Los 96 escaños de la Asamblea Nacional se distribuyeron así: SWAPO 51, IPC 20, AR 6, LPM 5, PDM 5, UDF 2, APP 1, BCP 1, NEFF 1, NDP 1, NUDO 1, RP 1 y SWANU 1. Estos resultados describen esa elección y no sustituyen las reglas de elecciones posteriores. Quien vea rechazada su inscripción puede apelar ante un tribunal electoral. El Tribunal Electoral conoce apelaciones y revisiones relacionadas con el tribunal electoral o la ECN y presuntas infracciones de la Ley Electoral. Por regla general, los asuntos poselectorales deben resolverse como máximo siete días antes de que asuma el cargo el funcionario pertinente. Una impugnación presidencial corresponde al Tribunal Supremo como primera y última instancia, que debe decidir dentro de un máximo de 14 días desde la audiencia. Las elecciones parciales cubren vacantes; normalmente, una elección parcial de consejo regional se celebra en tres meses. Las elecciones nacionales determinan la dirección política general; los consejos regionales representan circunscripciones y los consejos locales atienden la representación municipal directa.
Elecciones en Namibia
Las elecciones en Namibia eligen al presidente y a representantes de la Asamblea Nacional, los consejos regionales y los consejos de autoridades locales. La Comisión Electoral de Namibia (ECN) las administra conforme a la Constitución de Namibia, la Ley Electoral de 2014 y sus reglamentos. Por regla general, los votantes deben ser ciudadanos namibios de al menos 18 años e inscritos en el área electoral correspondiente. El sistema combina voto presidencial directo, representación proporcional por listas de partidos y votación mayoritaria por circunscripción.
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