El principal marco tributario de Haití es el Code Fiscal, que combina el CGI y el LPF y se introdujo mediante el decreto de 2023, con aplicación desde el 1 de octubre de 2025. Algunas páginas de la DGI aún muestran normas o tasas anteriores, por lo que, en caso de discrepancia, prevalecen los formularios vigentes y los avisos del MEF. Para el ejercicio fiscal 2025-26, los ingresos corrientes comunicados suman 243.500 millones de HTG: 92.660 millones de HTG administrados por la DGI, 113.000 millones de HTG de ingresos de la AGD sin incluir el petróleo, 34.940 millones de HTG procedentes del petróleo y otros 2.900 millones de HTG de ingresos internos. El Ministerio de Economía y Finanzas, conocido como MEF, establece y supervisa la política tributaria. La DGI administra los impuestos nacionales y locales, mientras que la AGD gestiona los derechos de aduana, los impuestos a la importación y la exportación, los impuestos selectivos y las tasas relacionadas. Las comunas administran las obligaciones locales relativas a la patente, el CFPB y el CFPNB. Entre los puntos de atención oficiales están las oficinas de la DGI y la AGD, los Centres des Impôts y las comunas. Las tasas municipales y su aplicación pueden variar; las prácticas informales no sustituyen una obligación legal. Un NIF o CIF identifica al contribuyente para presentar declaraciones y realizar pagos ante la DGI, la AGD y la Tesorería. Las personas haitianas pueden usar una CIN, un pasaporte o un certificado de nacimiento como documento de identidad; las personas extranjeras suelen usar un permiso de residencia o una tarjeta diplomática. La prueba pertinente de residencia fiscal es la residencia permanente o permanecer en Haití más de seis meses. Por regla general, una persona residente declara sus ingresos mundiales y una persona no residente, los ingresos de fuente haitiana, sujeto a lo que disponga el tratado fiscal aplicable. El impuesto sobre la renta personal se calcula sobre la renta neta mundial. Las principales categorías son los ingresos del empleo, los alquileres, la actividad comercial o profesional, las rentas del capital y las ganancias de capital. Los cónyuges presentan declaraciones por separado y, cuando corresponda, se pueden declarar los ingresos de una persona menor de edad. Hasta el 30 de septiembre de 2026, los tramos del impuesto sobre la renta personal son: 0 % para entre 1 y 60.000 HTG; 10 % para entre 60.001 y 240.000 HTG; 15 % para entre 240.001 y 480.000 HTG; 25 % para entre 480.001 y 1.000.000 HTG, y 30 % para más de 1.000.000 HTG. Una propuesta del MEF contempla nuevos tramos desde el 1 de octubre de 2026, pero su aplicación y el reglamento necesario siguen pendientes, así que esas tasas propuestas aún no son derecho vigente para el periodo actual. Los empleadores calculan el impuesto anual sobre los ingresos del empleo y normalmente retienen cada mes una doceava parte. Por lo general, remiten lo retenido antes del día 15 del mes siguiente. Entre los cargos adicionales sobre la nómina figuran una contribución CFGDCT del 1 % cuando el salario bruto alcanza 5.000 HTG y una carga combinada FDU y CAS del 1 % del salario bruto. Las bonificaciones y las horas extraordinarias pueden recibir un tratamiento especial de retención. Por lo general, el exceso retenido o pagado a cuenta puede acreditarse contra impuestos posteriores durante un máximo de cinco años; según las pruebas disponibles, no se ha establecido que haya reembolsos locales en efectivo. Las empresas pagan un impuesto del 30 % sobre los beneficios imponibles reales. Las cooperativas de ahorro y crédito aplican una tasa del 10 %. En general, una empresa se considera residente cuando su dirección efectiva tiene lugar en Haití, y un establecimiento permanente en Haití tributa por los beneficios que se le atribuyan en ese país. Las empresas más pequeñas cuyo volumen de negocios del año anterior fue inferior a 10.000.000 HTG pueden acogerse al BIC forfaitaire. La base imponible es la recaudación total menos 1.000.000 HTG; la tasa es del 10 % para los servicios y del 3 % para otras actividades, con un impuesto mínimo de 20.000 HTG. La declaración y el pago suelen vencer entre el 1 y el 31 de octubre del siguiente ejercicio fiscal, y la empresa debe llevar registros de ingresos y gastos. El TCA es un impuesto al consumo del 10 % que se aplica a las importaciones, los bienes y servicios locales y el autoconsumo. No se aplica a los salarios, la educación y la formación profesional, los servicios de salud ni la agricultura no agroindustrial. En general, el TCA soportado puede deducirse mensualmente, aunque los revendedores tienen un límite del 90 % del TCA que hayan recaudado. El TMS es un impuesto sobre las nóminas del 2 %, que debe declararse y pagarse entre el primer y el decimoquinto día del mes siguiente. La patente tiene una parte fija y otra variable. La parte variable se calcula sobre la facturación neta, después de deducir la nómina admisible, y aplica una tasa de 4 por 1.000. El plazo de declaración va del 1 de octubre al 31 de enero. En el primer periodo, el importe fijo mínimo es de 5.000 HTG. La parte fija varía según la comuna: las normas examinadas aluden a un 50 % en determinadas comunas y a un 25 % en las demás, por lo que conviene consultar la tarifa comunal vigente. El CFPB es un impuesto municipal sobre bienes inmuebles que se calcula según el valor de alquiler. Suele pagarse entre el 1 de octubre y el 31 de marzo; el 90 % se asigna a la comuna y el 10 % al CAS. El CFPNB se aplica a terrenos sin edificar; el 90 % se asigna a la comuna y el 10 % a la Tesorería. Las tasas de retención dependen del pago. En general, los servicios prestados por un residente están sujetos a una retención del 10 %. Los pagos por patentes, marcas y licencias suelen tener una tasa del 20 %; los dividendos, una tasa final del 20 %, y los beneficios ocultos pueden estar sujetos al 45 %. Las fuentes disponibles discrepan sobre ciertos servicios prestados por no residentes: una página antigua de la DGI menciona el 20 %, mientras que las medidas presupuestarias del MEF mencionan el 15 % para profesionales extranjeros que trabajen temporalmente en Haití. Para resolver la discrepancia en un pago concreto, hay que consultar el Code Fiscal vigente, la medida del MEF o una respuesta escrita de la DGI. La declaración definitiva del impuesto sobre la renta personal suele abarcar del 1 de octubre al 31 de enero después de terminar el ejercicio fiscal. Por regla general, las empresas acogidas al régimen de beneficios reales hacen pagos anticipados equivalentes al 75 % del impuesto del año anterior, una vez aplicados los créditos disponibles, en tres cuotas. La DGI ofrece información contradictoria sobre los meses de pago: en un lugar indica octubre, noviembre y diciembre, y en otro, octubre, diciembre y febrero. Por ello, debe seguirse el formulario vigente. Una declaración tardía o no presentada puede generar intereses del 3 % mensual. La DGI puede determinar el impuesto por su cuenta cuando un contribuyente no presenta la declaración, la presenta tarde, declara cifras inverosímiles o no responde a una solicitud. También puede pedir justificantes y explicaciones. El LPF establece el procedimiento de controversia tributaria. Por regla general, el contribuyente dispone de 30 días para responder a una propuesta de rectificación. Los materiales de implementación indican que la tramitación de una reclamación administrativa puede durar hasta 90 días; después, el procedimiento aplicable puede dar paso a una revisión judicial. Es posible que se exija un quitus para ciertas actividades: el tipo A se refiere a la importación y exportación; el tipo B, a las organizaciones sin fines de lucro o instituciones con régimen privilegiado, y el tipo C, a las licitaciones públicas. La DGI indica que el tipo C cuesta 1.000 HTG. Es posible que se exijan un NIF o CIF vigentes, la patente, la declaración definitiva y recibos recientes de impuestos mensuales. Por regla general, los pagos en exceso del impuesto sobre la renta se usan como créditos durante un máximo de cinco años, en vez de abonarse en efectivo. Las solicitudes de devolución a la AGD deben dirigirse por escrito al Directeur Général. Las fuentes disponibles discrepan sobre si algunas reclamaciones de devolución de aduanas tienen un plazo de uno o dos años, así que prevalece el periodo indicado en el Code Fiscal vigente o en el bordereau correspondiente. En las actividades transfronterizas, Haití suele gravar a los residentes por sus ingresos mundiales y a los no residentes por sus ingresos de fuente haitiana. Una empresa puede considerarse residente si su dirección efectiva está en Haití, y un establecimiento permanente en ese país puede generar impuestos haitianos sobre los beneficios que se le atribuyan. Los tratados fiscales pueden modificar el reparto de la potestad tributaria, pero en el material examinado no se confirmó ninguna lista oficial vigente de tratados de la DGI, por lo que no debe darse por sentada una exención prevista en un tratado. En general, los impuestos pagados en el extranjero solo pueden tenerse en cuenta hasta el importe del impuesto haitiano correspondiente; el exceso no genera un crédito adicional. La AGD aplica el arancel aduanero y recauda los derechos de aduana, el TCA, los impuestos selectivos y las tasas administrativas. La clasificación aduanera usa la NDP basada en el HS 2022, y para los cálculos de aduanas se aplica el tipo de cambio diario de la BRH. Los procedimientos incluyen la importación, la exportación, el tránsito, el depósito aduanero, la admisión temporal, la reexportación y los regímenes de franquicia. Los requisitos de declaración, exención y pago dependen del procedimiento y de las mercancías.
Impuestos en Haití
El sistema tributario de Haití abarca los impuestos sobre la renta personal, los beneficios empresariales, las nóminas, el consumo y la propiedad, así como los impuestos municipales a las empresas y los derechos de aduana. El ejercicio fiscal va del 1 de octubre al 30 de septiembre, y los contribuyentes suelen usar un NIF o un CIF para presentar declaraciones y realizar pagos. La DGI administra los impuestos internos, la AGD se ocupa de las aduanas y las comunas administran varios impuestos locales.
Consejo
Considera el cumplimiento tributario en Haití un sistema de controles con fechas: determina tu residencia fiscal y tu categoría de ingresos o actividad empresarial, verifica tus datos del NIF o CIF, identifica las autoridades responsables y registra todos los plazos aplicables. El mayor riesgo práctico consiste en confiar en páginas desactualizadas de la DGI o dar por sentado que se aplica un tratado, reembolso, tasa municipal o tipo de retención controvertido sin comprobarlo en el Code Fiscal vigente, un aviso del MEF, un formulario de la DGI o la tarifa comunal.

