La autoridad tributaria central de Guyana (Guyana Revenue Authority (GRA)), encabezada por el comisionado general, es responsable de los impuestos. Según el tributo, también tienen competencias la administración de Aduanas y Comercio (Customs and Trade Administration), el Ministerio de Finanzas (Ministry of Finance), la Junta de Valoración (Valuation Board) y los tribunales. Entre las leyes pertinentes se encuentran las del impuesto sobre la renta, el impuesto de sociedades, el IVA, el impuesto sobre las ganancias de capital, el impuesto sobre la propiedad, las aduanas y los impuestos especiales. El número de identificación tributaria (TIN) lo expide exclusivamente la GRA. Las sociedades, las empresas no residentes, los comerciantes individuales y las sociedades colectivas pueden solicitarlo mediante los servicios en línea de la GRA (GRA eServices) o en las oficinas regionales de la GRA. El TIN se requiere para realizar trámites con organismos gubernamentales, empresas públicas y el banco central. En general, los registros tributarios y libros empresariales deben conservarse durante al menos ocho años. Por regla general, una persona es residente fiscal si tiene su residencia permanente en Guyana o permanece allí más de 183 días en un año. En general, las personas residentes fiscales declaran los ingresos obtenidos en Guyana y en el extranjero. Para las personas que no son residentes habituales o están domiciliadas fuera del país, los ingresos extranjeros pueden quedar sujetos a impuestos cuando se reciben en Guyana. El año de ingresos (Year of Income (YI)) es el período de doce meses en que se perciben los ingresos; el año de evaluación posterior (Year of Assessment (YA)) es el período de evaluación. Para el año fiscal 2026, la exención personal es de G$1.680.000 o un tercio de los ingresos pertinentes, lo que sea mayor. Los ingresos pertinentes, excluidos ciertos ingresos sujetos a retención fiscal, tributan al 25 % hasta G$3.360.000 y al 35 % por encima de esa cantidad. En general, se exige presentar una declaración del impuesto sobre la renta cuando los ingresos alcanzan al menos G$1.680.000. La declaración y el pago correspondiente suelen vencer el 30 de abril. Los empleadores remiten mensualmente a la GRA las retenciones del impuesto sobre la renta mediante el sistema de pago según ingresos (PAYE), es decir, el impuesto retenido del salario. El empleado recibe un certificado de remuneraciones (Emolument Slip) y presenta el formulario 7B cuando se requiere. Para los empleados, el cálculo puede tener en cuenta, entre otras cosas, una exención mensual de G$140.000 o un tercio de los ingresos restantes, las contribuciones al NIS del 5,6 % hasta un salario bruto mensual de G$280.000, ciertas primas de seguro médico y de vida, G$10.000 al mes por cada hijo menor de 18 años y cantidades limitadas por un segundo empleo o las horas extra. El seguro social (NIS) no es un impuesto sobre la renta, pero afecta su cálculo. Las personas autónomas y quienes perciben otros ingresos del trabajo efectúan pagos anticipados el 1 de abril, el 1 de julio, el 1 de octubre y el 31 de diciembre; en general, cualquier saldo vence el 30 de abril. En el caso de las empresas, la condición de sociedad residente depende de si su control y administración se encuentran en Guyana. La tasa del impuesto de sociedades es del 45 % para las empresas telefónicas, del 40 % para las comerciales y del 25 % para las demás. Cuando hay actividades mixtas, la parte comercial tributa al 40 % y la no comercial al 25 %. Si el impuesto calculado para una empresa comercial es inferior, puede aplicarse un impuesto mínimo del 2 % de la facturación. En general, las declaraciones del impuesto de sociedades vencen el 30 de abril; los pagos anticipados de las empresas vencen el 15 de marzo, el 15 de junio, el 15 de septiembre y el 15 de diciembre. En 2026, bajo ciertas condiciones, hay exenciones para empresas registradas de agricultura y agroindustria, cuidado infantil y de personas mayores, y una exención a la exportación reintroducida para la madera. El IVA es el impuesto sobre el valor añadido de los bienes y servicios nacionales e importados sujetos a gravamen. La tasa estándar es del 14 %; el componente de IVA incluido puede calcularse como 7/57. Por regla general, es obligatorio registrarse si la facturación imponible de los doce meses anteriores alcanza al menos G$15.000.000, si se supera antes ese umbral o si se prevé alcanzarlo en los próximos doce meses. Por debajo del umbral, es posible registrarse voluntariamente si existe una actividad empresarial identificable, se llevan registros adecuados y se tiene la intención de realizar suministros sujetos a IVA. Los organizadores de espectáculos públicos y los subastadores deben registrarse independientemente de la facturación. El IVA se declara mensualmente como la diferencia entre el impuesto repercutido y el impuesto soportado. También hay obligaciones de declaración por servicios importados. Ciertas exportaciones y servicios tienen tasa cero. Para 2026, las categorías enumeradas con tasa cero incluyen muebles y joyas fabricados localmente, vehículos todoterreno, extintores, detectores de humo y equipos de seguridad. Ciertas camionetas de doble cabina de hasta 2.500 centímetros cúbicos, vehículos nuevos de menos de cuatro años de hasta 1.500 centímetros cúbicos, vehículos híbridos de hasta 2.000 centímetros cúbicos y motores fueraborda de hasta 150 caballos de fuerza están exentos de IVA, sujetos a las condiciones legales. La GRA indica como plazo para las declaraciones mensuales de IVA tanto los 15 días hábiles oficiales posteriores al final del mes como el día 21; por tanto, debe confirmarse con la GRA cuál es el plazo vigente en cada caso. Puede aplicarse una retención fiscal a determinados pagos a personas no residentes por intereses, dividendos, alquileres, gestión, servicios técnicos o profesionales, regalías y pagos periódicos. Para los arrendadores no residentes, el impuesto es del 20 % del alquiler bruto. En general, los pagos superiores a G$500.000 a un contratista residente están sujetos a una retención del 2 %, sin incluir el IVA, cuando existe un contrato escrito, un subcontrato o una orden. Para una sociedad no residente que desarrolla una actividad en Guyana, por lo general la retención es del 10 % del importe bruto; el pagador la remite y la sociedad puede imputarla a su propia liquidación. En seguros, el impuesto sobre primas es del 10 % para las aseguradoras extranjeras sin domicilio comercial en Guyana y del 6 % para las aseguradoras establecidas en Guyana. El impuesto sobre las ganancias de capital se aplica a ciertas ganancias netas de capital y tiene una tasa del 20 %. Los costos permitidos de adquisición, mejora y enajenación pueden reducir la ganancia, siempre que no se hayan tenido ya en cuenta para el impuesto sobre la renta. Entre las excepciones figuran, entre otras, la enajenación más de 25 años después de la adquisición, ciertas ganancias consideradas ingresos sujetos al impuesto sobre la renta, una ganancia de hasta G$500.000 y los casos en que se recibe la ganancia dentro de los doce meses. La ganancia debe declararse junto con la declaración individual del impuesto sobre la renta y el cálculo correspondiente antes del 30 de abril. La minería está sujeta a reglas especiales. El impuesto minero (Tributors Tax) equivale al 10 % de la remuneración bruta en la minería de oro y diamantes. Se paga trimestralmente el 1 de abril, el 1 de julio, el 1 de octubre y el 31 de diciembre; la declaración anual vence el 28 de febrero. Cuando se aplica un régimen laboral alternativo, pueden corresponder las retenciones PAYE y las contribuciones NIS. Para el impuesto sobre la propiedad, el valor neto de los bienes se calcula restando los pasivos y las deudas a los activos. La guía de la GRA establece una exención de G$40.000.000, seguida de una tasa del 0,5 % sobre los siguientes G$20.000.000 y del 0,75 % sobre el importe que exceda esa cantidad. Tras la modificación de 2025, en general las personas no tienen obligación de pagar este impuesto desde el 1 de enero de 2025; pueden quedar deudas pendientes de años anteriores. El impuesto sobre la propiedad sigue siendo pertinente para las empresas, pero debe confirmarse con la GRA la obligación vigente de presentarlo. Las importaciones se despachan mediante ASYCUDA World utilizando una declaración electrónica de aduanas (Single Administrative Document). Entre los documentos habituales figuran el TIN, la factura, el conocimiento de embarque o la guía aérea, los permisos y las licencias exigidos, los documentos de valoración y, cuando corresponda, un certificado regional de origen (CARICOM Certificate of Origin). Los derechos de aduana dependen del arancel y del código HS; también pueden aplicarse el IVA y los impuestos especiales. El gravamen ambiental (Environmental Levy) es de G$10 por cada envase de metal, plástico o vidrio de bebidas alcohólicas o no alcohólicas que no se devuelva. Se paga durante el despacho de importación o mensualmente por los fabricantes. Los impuestos especiales se aplican, entre otros, al tabaco, los productos petrolíferos, los vehículos de motor y otros bienes especificados por ley; las tasas para vehículos dependen, entre otros factores, de su antigüedad, combustible, cilindrada y uso. El impuesto de salida (Travel Tax) es de G$3.500 por salida. A los viajeros de 65 años o más se les aplica una tasa de seguridad de G$2.500 en CJIA, mientras que en el aeropuerto de Ogle puede corresponder una exención total del impuesto de salida bajo ciertas condiciones. El impuesto sobre el precio del billete (Travel Voucher Tax) es del 15 % del precio del pasaje conforme a la Ley Tributaria. El portal en línea permite presentar declaraciones, pagar, consultar estados de cuenta y solicitar reembolsos. En general, el certificado de cumplimiento tributario (Certificate of Compliance) acredita que se han presentado las declaraciones y pagado los impuestos. Para el impuesto sobre la renta, la GRA establece una sanción por demora del 2 % mensual y un interés del 18 %; las declaraciones tardías, inexactas o falsas también pueden dar lugar a recargos porcentuales, multas, cobros de varios impuestos o penas de prisión. Los impuestos liquidados pueden exigirse como deuda pública. La objeción a una liquidación tributaria debe exponer por escrito los motivos concretos y presentarse dentro de los 20 días. Debe pagarse la parte no impugnada. Tras la decisión del comisionado general, o si no se recibe respuesta en 40 días, se puede presentar una apelación dentro de los 20 días siguientes; en general, esto requiere un depósito equivalente a dos tercios del importe impugnado. Es posible solicitar una revisión judicial adicional ante un juez en despacho dentro de 20 días. Para el IVA, se puede solicitar un reembolso después de seis meses de inventario no vendido. En asuntos transfronterizos, Guyana aplica reglas sobre los ingresos mundiales de los residentes, las reglas de origen y recepción para los no residentes y las retenciones fiscales. El acuerdo multilateral de la CARICOM para evitar la doble imposición se aplica en Guyana desde el 30 de noviembre de 1994; Guyana lo ratificó el 26 de noviembre de 1997. También existen acuerdos con Canadá y el Reino Unido. Conforme a la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (Foreign Account Tax Compliance Act, FATCA), las instituciones financieras guyanesas informan cada año a la GRA sobre las cuentas de contribuyentes estadounidenses, y esta transmite la información al IRS. Para los plazos y tasas individuales, prevalecen los avisos vigentes de la GRA y la legislación, ya que algunas páginas oficiales de la GRA ofrecen información contradictoria.
Impuestos en Guyana
El sistema tributario de Guyana está administrado principalmente por la Autoridad Tributaria de Guyana (Guyana Revenue Authority, GRA) y abarca el impuesto sobre la renta, el impuesto de sociedades, el IVA, las retenciones fiscales, el impuesto sobre la propiedad, el impuesto sobre las ganancias de capital, las aduanas, los impuestos especiales y ciertos impuestos de viaje. Para las personas, son pertinentes la residencia fiscal, los ingresos, las retenciones PAYE, el TIN, las declaraciones y los plazos de pago. Las empresas también deben evaluar sus obligaciones en materia de IVA, impuesto de sociedades y obligaciones específicas de su sector.
Consejo
Primero clasifica tu situación en Guyana según tus ingresos, actividad, tipo de empresa, importaciones o pagos transfronterizos; de ello dependen el impuesto, la tasa y el plazo. Obtén el TIN, organiza un calendario y conserva los registros con antelación, ya que coinciden obligaciones mensuales, trimestrales y anuales. Si la información de la GRA es contradictoria, sobre todo respecto del plazo del IVA, confirma directamente con la autoridad cuál es la vigente antes de declarar o pagar.

