El sistema tributario nacional se aplica en Trinidad y Tobago, incluido Tobago; no hay constancia de un código tributario separado para Tobago. El Ministerio de Finanzas supervisa la División de Impuestos Internos (IRD), también conocida por Board of Inland Revenue (BIR), y la División de Aduanas e Impuestos Especiales (CED). La oficina regional de la IRD en Sangster's Hill, Scarborough, presta servicios en Tobago. La División de Tasación y el Tribunal de Apelaciones Tributarias también tienen funciones definidas. Por lo general, las personas pagan impuesto sobre la renta por sus ingresos imponibles. El registro oficial actual de la IRD fija una deducción personal de TT$90.000 desde el 1 de enero de 2023, con un impuesto sobre la renta del 25 % hasta TT$1.000.000 y del 30 % sobre el excedente de ingresos imponibles. Entre las deducciones y los créditos disponibles figuran los gastos admisibles de educación terciaria en el extranjero, hasta TT$72.000; los gastos de adquisición de una primera vivienda, hasta TT$30.000; los planes de pensiones aprobados o de anualidad diferida, junto con el 70 % de las cotizaciones al Seguro Nacional, hasta TT$60.000; las donaciones admisibles, hasta el 15 % del ingreso total; determinados gastos de viaje; la inversión en capital de riesgo; equipos de calentamiento solar de agua y de GNC; y los Bonos Nacionales de Ahorro Exentos de Impuestos. El importe aplicable depende de las condiciones legales y de los comprobantes disponibles. A los empleados normalmente se les retiene el impuesto mediante Pay As You Earn (PAYE). Deben presentar un formulario TD1 al empezar un empleo y dentro de los siete días laborables posteriores a cualquier cambio que afecte las deducciones. Por lo general, los empleadores pagan el PAYE y el recargo de salud y presentan la declaración correspondiente antes del día 15 del mes siguiente. Los empleadores entregan los certificados TD4 antes del último día de febrero y presentan la declaración anual de PAYE el 28 de febrero o el último día laborable de ese mes. Por lo general, los empleados sin actividad independiente no presentan una declaración anual del impuesto sobre la renta, a menos que sean profesionales o trabajadores por cuenta propia, o que la IRD se la exija. Todo saldo liquidado suele vencer el 30 de abril; la IRD indica un interés del 20 % anual a partir del 1 de mayo. Los trabajadores por cuenta propia y los empresarios individuales presentan declaraciones anuales, llevan libros y registros adecuados y, por lo general, pagan trimestralmente el impuesto sobre la renta, el gravamen empresarial y el recargo de salud los días 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. El impuesto sobre la renta se calcula sobre las ganancias imponibles una vez descontados los gastos empresariales y las deducciones permitidos. El gravamen empresarial suele ser del 0,6 % de las ventas o los ingresos brutos, con un umbral de TT$360.000 para las personas físicas y una exención de tres años para empresas nuevas que cumplan los requisitos. Los pagos del impuesto sobre la renta pueden imputarse al gravamen empresarial hasta cubrir el importe de este último. Un empresario individual no paga el gravamen del Fondo Verde, pero una sociedad colectiva sí. Las sociedades necesitan un número de expediente de BIR y una cuenta de la División de Contribuyentes Empresariales y de Cuentas (EATD). El impuesto de sociedades suele ser del 30 % de las ganancias imponibles y del 35 % para las empresas petroquímicas. El gravamen empresarial suele ser del 0,6 % de las ventas o los ingresos brutos. El gravamen del Fondo Verde suele ser del 0,3 % de las ventas o los ingresos brutos, mientras que para las empresas petroleras la tasa indicada es del 0,1 %. Por lo general, las sociedades pagan cuotas trimestrales en marzo, junio, septiembre y diciembre. Los empleadores y las sociedades que tengan empleados también necesitan la cuenta PAYE correspondiente. Las empresas petroleras afrontan impuestos adicionales, como el impuesto sobre las ganancias petroleras, del 50 % de las ganancias imponibles; el impuesto suplementario sobre el petróleo, cuyas tasas dependen de la licencia, el precio y la categoría de producción terrestre o marina; y el gravamen por desempleo, del 5 % de las ganancias imponibles. El VAT se aplica a la tasa general del 12,5 %. Una empresa registrada para el VAT normalmente calcula el importe adeudado restando el VAT soportado admisible del VAT repercutido. Un excedente de VAT soportado puede dar lugar a un reembolso o una compensación. La página vigente de registro para el VAT establece un umbral de TT$600.000 para los suministros comerciales realizados o previstos durante los 12 meses anteriores o siguientes, desde el 1 de enero de 2023, aunque páginas antiguas de la IRD aún muestran TT$500.000. Antes de basarse en esa cifra, las empresas deben verificar el umbral vigente en el aviso más reciente del BIR. Los períodos del VAT suelen abarcar dos meses, y la declaración y el pago vencen el día 25 del mes siguiente al fin del período. El VAT se declara mediante e-Tax. Los suministros con tasa cero incluyen los artículos enumerados en el Anexo 2; el Aviso Legal 380/2025 añadió alimentos y productos determinados desde el 17 de octubre de 2025. Una propuesta presupuestaria de 2026 menciona una revisión del VAT y un posible impuesto sobre las ventas en el punto final, pero aquí no consta que se haya aprobado un reemplazo. Las importaciones pueden generar aranceles aduaneros, VAT de importación, impuestos selectivos y otros tributos fronterizos. La CED utiliza la clasificación arancelaria, el valor en aduana y la declaración de importación para calcular el importe adeudado, normalmente antes de liberar la mercancía. Las tasas dependen del artículo y su clasificación; no existe una tasa única para las importaciones. La calculadora de la CED, ASYCUDA World y los sistemas electrónicos de pago relacionados facilitan el proceso. El servicio e-Tax de la IRD permite presentar solicitudes al BIR y declaraciones del impuesto sobre la renta y de sociedades, tramitar PAYE, VAT y retenciones, presentar declaraciones de impuestos petroleros y gestionar reembolsos, comprobantes de pago, saldos, planes de pago, objeciones y correspondencia. Los contribuyentes también pueden pagar en las cajas de la IRD y en sus oficinas de distrito. Puede requerirse un certificado de solvencia fiscal para licitaciones, solicitudes de ciudadanía, trámites de residencia y prórrogas de permisos de trabajo. Para licitar, por lo general deben haberse presentado las seis declaraciones exigidas y pagado las obligaciones pendientes. Quien impugne una liquidación suele presentar una objeción escrita que indique los motivos y adjunte documentos justificativos, dentro de los 15 días laborables posteriores a su notificación. Se puede apelar posteriormente ante el Tribunal de Apelaciones Tributarias. En general, las personas residentes tributan por sus ingresos mundiales, mientras que las no residentes tributan por los ingresos obtenidos o devengados en Trinidad y Tobago. Operativamente, la IRD aplica una prueba de presencia de 183 días, pero un convenio tributario aplicable y sus reglas sobre establecimiento permanente pueden modificar el resultado. Por lo general, las personas no residentes no pueden reclamar deducciones personales ni otras deducciones, a menos que cumplan la condición de presencia indicada. Puede aplicarse una retención a los pagos a no residentes; por lo general, debe pagarse o remitirse en un plazo de 30 días. La tasa general para muchos pagos es del 15 %, mientras que el material oficial de la IRD indica tasas de distribución contradictorias: 8 % y 3 % en una guía, y 10 % y 5 % en una página petrolera. Por eso, es necesario comprobar la transacción, el destinatario, el convenio y las directrices vigentes de la IRD. Trinidad y Tobago tiene convenios para evitar la doble tributación con países incluidos en la lista, como Canadá, el Reino Unido, Estados Unidos, Alemania, India, China y varios Estados del Caribe, y existe un procedimiento de acuerdo mutuo para controversias relativas a convenios. Las instituciones financieras y los grupos multinacionales también están sujetos a reglas internacionales de información. FATCA y el Estándar Común de Reporte permiten el intercambio automático de información sobre cuentas financieras. La presentación de informes país por país se aplica a los grupos multinacionales cuyos ingresos consolidados sean de al menos USD850.000.000 en el marco informativo pertinente; por lo general, deben presentarse dentro de los 12 meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Se indica que el primer ejercicio fiscal sujeto a presentación debe comenzar el 20 de diciembre de 2024 o después. Según las reglas consultadas, se suspendió la presentación local de Trinidad y Tobago y se permite la presentación por una entidad matriz sustituta. La Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal entró en vigor para Trinidad y Tobago el 1 de abril de 2025, y el acuerdo multilateral del Estándar Común de Reporte se activó para los intercambios en 2026. Las normas tributarias y las páginas administrativas pueden cambiar. El material consultado de la IRD contiene cifras contradictorias sobre el registro para el VAT, la deducción personal y las distribuciones a no residentes; por tanto, para tomar una decisión sobre una declaración o un pago deben prevalecer la ley vigente, el aviso legal, el convenio y el aviso del BIR.
Impuestos en Trinidad y Tobago
Los impuestos de Trinidad y Tobago incluyen el impuesto sobre la renta personal, los impuestos empresariales, el impuesto al valor agregado (VAT), las retenciones sobre la nómina, los cargos aduaneros y los gravámenes sectoriales. La División de Impuestos Internos (IRD) administra la mayoría de los impuestos nacionales, mientras que la División de Aduanas e Impuestos Especiales se ocupa de los aranceles de importación y los impuestos fronterizos. El registro, la exactitud de los registros, la presentación puntual y el pago son obligaciones centrales; los importes atrasados pueden generar intereses y sanciones.
Consejo
Considere el cumplimiento tributario en Trinidad y Tobago como un proceso recurrente de gestión de efectivo y mantenimiento de registros, no como una sola declaración anual. Primero identifique su categoría de contribuyente, obtenga la cuenta BIR correspondiente y anote todos los plazos de pago, declaración y certificados que le correspondan. Antes de utilizar una cifra contradictoria, verifíquela en el aviso, la ley o el convenio más reciente de la IRD.

