El Código Laboral Somalí, Ley n.º 36 de 2024, sustituyó a la Ley n.º 65 de 1972 y, por lo general, se aplica a empleadores y empleados, incluido el empleo en el servicio público cuando no rige una ley especial. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (MoLSA) supervisa la política laboral, la administración del empleo y la inspección. Los funcionarios de empleo, el Director de Empleo, la Comisión Federal de Trabajo, los inspectores laborales regionales o de distrito y los tribunales competentes desempeñan funciones distintas. Cuando no esté claro qué organismo o procedimiento corresponde, conviene comprobar la aplicación local por parte del Estado miembro federal y las oficinas locales. El mercado laboral de Somalia no es uniforme. La Encuesta de Fuerza Laboral de SNBS de 2019 registró una tasa de empleo del 25,5%, una participación en la fuerza laboral del 32,4% y un desempleo del 21,4% entre las personas de 15 años o más en las zonas accesibles, sin incluir a las poblaciones nómadas. La SIHBS de 2022 registró empleo del 21,7%, participación del 25,9% y desempleo del 16,3%; sus métodos no son directamente comparables con los de la encuesta de 2019. En 2019, el 51,4% del empleo estaba en el sector informal, el 43,0% en el formal y el 5,7% en hogares. El empleo informal suele carecer de aportaciones patronales a la seguridad social o de permisos anuales y por enfermedad remunerados, e incluye trabajo por cuenta propia, empresas informales y trabajadores familiares contribuyentes. No se ha establecido a escala nacional el acceso a servicios formales fuera de los centros urbanos accesibles. Quien busque trabajo por cuenta ajena puede inscribirse en el registro general de empleo y recibir una tarjeta de registro a través de un funcionario autorizado. El registro ocupacional y el servicio público de colocación permiten que un empleador seleccione candidatos registrados adecuados. El sistema tiene excepciones para familiares, directores y gerentes, servicio doméstico, empresas con cuatro empleados o menos y trabajos ocasionales de hasta siete días. El servicio público estatal y local puede utilizar un funcionario autorizado o un examen competitivo publicado. El Centro Nacional de Servicios de Empleo (NESC) ofrece o respalda un portal de empleo, intermediación, preparación de currículums y cartas de presentación, apoyo para entrevistas, orientación, evaluación de competencias, información del mercado laboral mediante LMIAS, formación para la empleabilidad y sectorial, derivaciones a formación técnica y profesional (TVET), pruebas laborales, prácticas, aprendizajes y ferias de empleo. Publicar vacantes para empleadores es gratis. No se encontró una tarifa nacional publicada para quienes buscan empleo. La contratación informal, el trabajo por cuenta propia y las redes personales o locales siguen siendo importantes junto a estas vías formales. Un acuerdo laboral puede ser oral o escrito, pero los datos escritos deberían indicar nombre, edad, sexo, dirección, ocupación y discapacidad del trabajador; empleador; descripción del puesto; fecha de inicio y duración; jornada y lugar; remuneración, tarifa, periodicidad de pago y prestaciones; permisos, enfermedad y pensión; preaviso; cualquier convenio colectivo; reglas de suspensión y terminación; y reglas disciplinarias. Los cambios deben constar por escrito y un funcionario de empleo debe comprobar su cumplimiento antes de que surtan efecto. El incumplimiento de requisitos formales no elimina los derechos legales del trabajador. El Código protege la igualdad de oportunidades y prohíbe la discriminación por raza, color, género, idioma, religión, opinión política, nacionalidad, origen étnico o social, discapacidad, embarazo, edad o estado serológico respecto al VIH. Exige igual remuneración por el mismo trabajo y prohíbe el trabajo forzoso y el acoso. Los trabajadores pueden crear sindicatos, afiliarse a ellos o abandonarlos. Los empleadores deben pagar lo acordado y proteger la seguridad y salud en el trabajo; los trabajadores deben desempeñar sus funciones con cuidado y diligencia y comunicar los accidentes. La jornada normal está limitada a ocho horas al día y 48 horas a la semana. Las horas extraordinarias pueden llegar a 12 por semana y conllevan un recargo mínimo del 50%. El trabajo intermitente o de cuidador puede llegar a diez horas al día y 60 horas semanales. El descanso semanal es de 24 horas, normalmente el viernes. El trabajo en festivo se paga íntegramente más un recargo mínimo del 50%. El trabajo nocturno va de las 22:00 a las 06:00 y normalmente lleva un recargo mínimo del 25%, salvo en turnos regulares. Tras un año de servicio continuo, las vacaciones anuales son de 30 días laborables con sueldo íntegro. Las vacaciones anuales no utilizadas se pagan al terminar el empleo y se prorratean si la relación laboral termina antes. La baja por enfermedad requiere certificado médico y aviso: de tres a siete días se pagan al 100%; de ocho a 14 días, al 75%; y hasta 30 días, al 50%; los periodos más largos dependen del acuerdo. La baja por maternidad es de 14 semanas con sueldo íntegro tras al menos seis meses de servicio, con siete días laborables de aviso. El Código también establece dos semanas de permiso de paternidad plenamente remuneradas y dos pausas diarias de una hora para lactancia durante un máximo de un año después del nacimiento. La remuneración debe ser adecuada e igual por el mismo trabajo. El pago puede ser mensual, quincenal, semanal, diario, por hora o por pieza o trabajo, y las deducciones deben ser legales. El Ministro puede fijar salarios mínimos por categoría tras consultar al Consejo de Remuneración y a la Comisión Central de Trabajo, pero no se ha acreditado una cuantía nacional vigente. Se aplican las bonificaciones legales de Eid. Para el trabajo fuera del domicilio deben seguirse las condiciones aplicables de alojamiento y comida, o dietas y transporte. Los empleadores deben comunicar las vacantes al Director de Empleo y notificar en un plazo de dos semanas que una vacante se cubrió o suprimió. El empleado debe comunicar el cese en cinco días, y un trabajador inscrito que empiece directamente debe informar del inicio en siete días. Quien busca trabajo debe renovar su inscripción cada tres meses. Al terminar el empleo, el preaviso escrito suele ser de al menos diez días para trabajos ocasionales y 30 días para los no ocasionales; los contratos de un mes o menos no requieren preaviso y puede ser posible pagar en su lugar. El periodo de prueba puede durar hasta tres meses y ampliarse otros tres solo de mutuo acuerdo; durante la prueba, la terminación exige siete días laborables de preaviso. Un despido por redundancia requiere avisar al funcionario laboral y al sindicato con al menos un mes de antelación. Se prohíbe la terminación injusta. Un trabajador con al menos 13 meses de servicio continuo puede presentar una reclamación ante un funcionario laboral en tres meses y podría disponer de otras vías según el convenio colectivo o ante el Tribunal Laboral; las reparaciones pueden incluir reincorporación, nuevo empleo o indemnización. Al terminar, debe entregarse un certificado de servicios, salvo que el empleo haya durado menos de cuatro semanas. Los niños de 13 a 15 años solo pueden realizar trabajos ligeros; los trabajadores de 16 años o más reciben condiciones y formación protegidas, y los trabajos peligrosos exigen una edad mínima de 17 años. En general, se prohíbe el trabajo nocturno infantil. Los trabajadores con discapacidad tienen los mismos derechos de empleo, prestaciones, seguridad y colocación. Los trabajadores migrantes con residencia legal reciben el mismo trato conforme al Código. No se ha acreditado un sistema nacional de prestaciones por desempleo, por lo que la inscripción laboral y la información sobre servicios de empleo no deben considerarse prueba de derecho a prestaciones.
Empleo en Somalia
El empleo en Somalia combina un marco nacional formal con un mercado laboral donde el trabajo informal sigue muy extendido. El Código Laboral Somalí, Ley n.º 36 de 2024, entró en vigor el 4 de febrero de 2025 y regula las relaciones laborales, incluidos contratos, remuneración, jornada, permisos, seguridad, discriminación y terminación. El acceso a servicios formales de empleo varía según la zona, mientras que la contratación informal, el trabajo por cuenta propia y las redes locales siguen siendo importantes.
Consejo
Elija la vía de empleo que ofrezca pruebas claras del acuerdo y mejor acceso a apoyo. La inscripción formal mediante un funcionario autorizado o el Centro Nacional de Servicios de Empleo puede ayudar con la intermediación y la documentación; el trabajo directo o informal puede ser más fácil de encontrar, pero genera más incertidumbre sobre permisos, aportaciones, seguridad y cumplimiento. Guarde registros escritos del puesto, pagos, jornada y terminación para proteger su situación si surge una disputa.

