Según la EPHPM de junio de 2024, Honduras tenía 2.600.640 viviendas, 2.624.033 hogares y 9.898.279 habitantes. Un hogar tenía un promedio de 3,8 personas. El 95,1 % de las viviendas eran casas individuales, el 3,0 % eran habitaciones en un mesón o cuartería, el 1,6 % eran apartamentos y el 0,4 % correspondía a otras formas, como casas improvisadas, barracones o edificios utilizados para vivienda. El 67,9 % de los hogares ocupaba una vivienda propia totalmente pagada, el 17,8 % alquilaba, el 3,6 % seguía pagando una vivienda propia y el 9,1 % utilizaba una vivienda prestada o cedida sin pago. Otras formas incluyen alojamiento a cambio de trabajo, invasión u ocupación con o sin legalización posterior. La propiedad es especialmente predominante en zonas rurales, mientras que la proporción de alquiler es mayor en las ciudades. La calidad de la vivienda varía según la ubicación y la infraestructura. El 7,5 % de los hogares vivía en condiciones de hacinamiento; la proporción era del 6,7 % en zonas urbanas y del 8,5 % en rurales. El suministro de agua era inadecuado para el 6,3 % y el saneamiento para el 6,8 %. El 90,7 % de los hogares tenía electricidad, pero solo el 46,5 % contaba con recolección pública de residuos. Estas cifras describen los hogares a escala nacional y no sustituyen una inspección de la vivienda, el terreno o los servicios municipales concretos. Quien alquila un apartamento o casa celebra un contrato escrito y lo registra ante el Departamento Administrativo de Inquilinato (DAI) de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización. El DAI asesora, registra contratos de arrendamiento, realiza inspecciones, tramita determinaciones y aumentos o reducciones de alquiler y ofrece conciliación. Hay oficinas, en particular, en Tegucigalpa, San Pedro Sula, La Ceiba y Santa Rosa de Copán; se debe comprobar la jurisdicción concreta en el lugar de residencia. Los derechos legales de los inquilinos conforme a la Ley de Inquilinato, Decreto 50 de 1966, no pueden renunciarse válidamente por contrato. Si el contrato no se registra, el propietario se expone a una sanción equivalente a un mes de alquiler. El depósito se rige por el contrato y suele equivaler a uno o dos meses de alquiler. Al finalizar el contrato, debe devolverse después de descontar daños documentados y alquiler o pagos de servicios pendientes. Los inquilinos pagan puntualmente el alquiler acordado, usan la vivienda según lo pactado y no la subalquilan sin autorización. Las modificaciones también requieren el consentimiento necesario. Conserve comprobantes de pago y mensajes. Si el propietario se niega a aceptar el alquiler, puede considerarse un procedimiento de consignación ante el DAI o el tribunal competente. Un inquilino al día con los pagos normalmente termina el arrendamiento mediante aviso escrito con al menos 60 días de anticipación. El propietario solo puede terminarlo por causas legales, que incluyen, entre otras, dos meses de alquiler atrasados seguidos de un plazo adicional de ocho días, así como necesidad personal, obras o reparaciones inevitables. Estas causas estructurales suelen requerir tres meses de aviso. El propietario no puede ejecutar el desalojo cambiando las cerraduras o cortando el agua o la electricidad sin autorización. Tras una conciliación infructuosa ante el DAI, el proceso puede continuar ante el Juzgado de Letras de Inquilinato mediante desahucio o lanzamiento. Para apartamentos alquilados, condominios y cuarterías, ARSA exige una Licencia Sanitaria e inspección. La licencia tiene vigencia de un año; para una solicitud completa, la regla legal de tramitación fija un objetivo máximo de diez días. En propiedades con varias unidades, además del registro del alquiler, conviene comprobar qué documentos sanitarios y operativos exige la ubicación. En la compra de inmuebles, el proceso habitual va desde la visita y el acuerdo de compraventa hasta la escritura pública ante notario y luego la inscripción en el Instituto de la Propiedad, en particular en el Registro de la Propiedad. Entre los documentos de inscripción figuran la escritura, comprobante de pago de la tasa registral, pago del Impuesto de Tradición y, cuando corresponda, del impuesto sobre Ganancia de Capital. Antes de pagar, el comprador debe comprobar el antecedente registral, la libertad de gravamen, la constancia o situación catastral y el estado actual del impuesto municipal sobre bienes inmuebles. Un extracto catastral por sí solo no acredita propiedad ni posesión. La DGR, Catastro y el sistema SURE respaldan la verificación y el registro. En los condominios, el régimen de propiedad horizontal se constituye mediante escritura pública e inscripción; las áreas comunes y servicios compartidos siguen vinculados a las unidades individuales. En situaciones de posesión informal, la regularización predial de la DGRP puede incluir, según la zona y los documentos, procedimientos como consolidación o presunción de dominio útil, necesidad pública o prescripción. Esa revisión no conduce automáticamente a un título de propiedad. Los registros catastrales, impuestos, infraestructura y prácticas de las autoridades varían entre municipios y departamentos. BANHPROVI ofrece opciones de financiamiento verificadas para vivienda social de hasta 1,3 millones de lempiras al 4 % anual y vivienda media de hasta 4 millones al 7 % anual. Según el programa, los documentos requeridos pueden incluir DNI, comprobante de empleo o deducciones, prueba de no tener propiedad inmobiliaria o situación catastral, croquis de vivienda, comprobantes de servicios, estados bancarios de hasta doce meses, promesa de compra-venta, escritura, impuesto inmobiliario pagado, coordenadas del proyecto, planos, plan de inversión y avalúo. Las calculadoras contemplan plazos de uno a 30 años. Cumplir los requisitos documentales no garantiza la admisión al programa ni la aprobación del crédito. SEDESOL y PVAH coordinan la política y los programas públicos de vivienda. No se confirmó en las fuentes revisadas un subsidio general de vivienda uniforme a nivel nacional; el acceso y la elegibilidad dependen del programa y grupo destinatario concretos. Conforme al artículo 107 de la Constitución, los compradores extranjeros están sujetos a restricciones en zonas fronterizas y costeras dentro de 40 kilómetros y en las islas. El Decreto 90-90 prevé una excepción limitada para viviendas urbanas existentes o proyectadas de hasta 3.000 m², generalmente para una propiedad y, en construcciones nuevas, con un plazo máximo de 36 meses. Es obligatoria la revisión del título por un abogado.
Vivienda en Honduras
La vivienda privada en Honduras abarca casas individuales, apartamentos y habitaciones en mesones o cuarterías, además de alojamientos informales o prestados. La mayoría de los hogares vive en una vivienda propia totalmente pagada; el 17,8 % alquila, mientras que el acceso al agua, alcantarillado, electricidad y recolección de residuos varía considerablemente según la zona. Alquilar, comprar o financiar implica distintos trámites ante propietarios, DAI, el Instituto de la Propiedad, BANHPROVI y, según el caso, autoridades municipales.
Consejo
Planifique la vivienda en Honduras revisando el contrato, la situación de posesión y los servicios reales, no solo buscando un edificio adecuado. Alquilar resulta más conveniente si importa la flexibilidad; considere comprar o financiar únicamente después de comprobar el registro, gravámenes, catastro, impuestos y financiación. Las posesiones informales, las propiedades con varias unidades y las compras por extranjeros requieren revisión jurídica adicional, ya que un extracto catastral por sí solo no prueba la propiedad.

