Guyana es un Estado laico sin religión oficial. En el censo de 2012, el 24,83 % se identificó como hindú, el 22,80 % como miembro de iglesias pentecostales, el 20,76 % como miembro de otras iglesias cristianas, el 7,08 % como católico romano, el 6,77 % como musulmán, el 5,41 % como adventista del séptimo día y el 5,22 % como anglicano. Entre los grupos más pequeños estaban los metodistas, con un 1,35 %; los testigos de Jehová, con un 1,29 %; los rastafaris, con un 0,47 %; los bahá’ís, con un 0,06 %; y otras religiones, con un 0,85 %; el 3,14 % declaró no tener afiliación religiosa. El censo de 2022 siguió incluyendo preguntas sobre religión y denominación, pero el informe preliminar no publicó una tabla de religión. Entre las instituciones religiosas y entidades paraguas figuran distintas denominaciones cristianas, la Guyana Council of Churches, la Guyana Hindu Dharmic Sabha, la Maha-Sabha del Sanatan Dharma en Guyana (Guyana Sanatan Dharma Maha Sabha), la Central Islamic Organization of Guyana, Ahmadiyya, la Guyana Rastafari Council, comunidades bahá’ís y comunidades religiosas afrodiásporicas, areruya e indígenas. La Inter-Religious Organisation of Guyana, conocida como IROG, reúne a unas 40 organizaciones religiosas de varias tradiciones. Las comunidades organizan sus propios servicios y admisiones; no consta ningún requisito nacional de registro para las comunidades religiosas ni una exigencia general de licencia para el clero. La práctica religiosa incluye servicios, puja en un mandir, oraciones en una masjid, namaz, Jummah, Ramadán, zakat y festivales hindúes. Phagwah se celebra con rituales de colores, mientras que Deepavali se celebra con luces. Los días festivos incluyen Viernes Santo, Lunes de Pascua, Navidad, Phagwah, Deepavali, Eid-ul-Azha y Youmun Nabi. El Estado anuncia las fechas cada año; las festividades islámicas siguen el calendario lunar. Eid-ul-Fitr se observa religiosamente, pero en cada ocasión hay que comprobar si tiene carácter de día festivo público según el anuncio oficial aplicable. El artículo 145 de la Constitución protege la conciencia, el pensamiento, la religión, la conversión religiosa, la práctica religiosa pública y privada, la instrucción religiosa y la observancia religiosa. Nadie puede ser obligado a prestar un juramento que entre en conflicto con sus creencias. El artículo 149 protege, entre otras cosas, contra la discriminación por religión, conciencia, creencias o cultura. La Prevention of Discrimination Act se aplica al empleo, la educación, las asociaciones profesionales, los bienes y los servicios; las instituciones religiosas pueden seguir reglas especiales para la ordenación, la educación religiosa, las funciones religiosas y la práctica conforme a su religión. En 2023 se informó de un conflicto jurídico sobre el consumo de cannabis y la práctica religiosa rastafari, pero no se ha confirmado ninguna exención religiosa general. La educación religiosa forma parte del plan de estudios de grado 11 del Ministry of Education como National Scheme y abarca el cristianismo, el hinduismo, el islam y el judaísmo. El artículo 145 permite que las comunidades religiosas ofrezcan su propia instrucción. Las personas menores de 18 años no pueden participar en la instrucción o ceremonia religiosa de otra religión sin el consentimiento de sus tutores. La comunidad hindú y la organización Sanatan Dharma pertinente ofrecen clases de hindi, sánscrito e inglés, becas y actividades de templos, escuelas y bienestar; la disponibilidad y la calidad pueden variar según el lugar. El diálogo religioso se lleva a cabo, entre otros espacios, a través de IROG, la Semana Mundial de la Armonía Interconfesional y eventos de debate en la Universidad de Guyana. La Comisión para las Relaciones Étnicas (Ethnic Relations Commission) tiene el mandato constitucional de promover la armonía religiosa y étnica, pero su responsabilidad principal es la discriminación racial y étnica y las medidas de reparación; no es un tribunal religioso general. Las bodas religiosas requieren la intervención de un oficial matrimonial. Según el procedimiento, los residentes necesitan amonestaciones o notificación, o una licencia; quienes no residen en Guyana necesitan una licencia. Antes de expedirla, al menos una de las partes debe haber residido en Guyana durante 15 días, la solicitud debe presentarse al menos dos días hábiles antes y la licencia tiene una validez de 90 días. Para las personas de 16 o 17 años se requiere el consentimiento de las personas responsables. La Oficina General del Registro (General Register Office) publica tasas de 5.000 GYD para la licencia, 2.600 GYD para casarse en la oficina y 300 GYD para tramitar el certificado. Las tasas comunitarias no son uniformes en todo el país. Los nacimientos y las defunciones deben registrarse civilmente en la General Register Office; el bautismo u otro rito religioso no sustituye ese registro.
Religión en Guyana
La religión en Guyana incluye comunidades cristianas, hindúes, musulmanas, rastafaris, bahá’ís e indígenas, así como sus servicios, festividades, actividades educativas y rituales vitales. Las proporciones religiosas oficiales se basan principalmente en el censo de 2012; aún no se ha publicado una tabla actualizada del censo de 2022. La Constitución protege la libertad de conciencia, la conversión religiosa y la práctica religiosa pública y privada.
Consejo
Elige una comunidad en Guyana según los servicios disponibles, las prácticas religiosas que buscas y sus propias normas de admisión y cuotas. Confirma directamente las fechas festivas, las condiciones educativas y los plazos legales antes del evento correspondiente, ya que la disponibilidad, las tasas y las fechas concretas no son uniformes en todo el país. Trata las ceremonias religiosas por nacimiento, defunción o matrimonio por separado del registro civil obligatorio.

