No se dispone de un censo religioso oficial y actual de la República Democrática del Congo. Una estimación de 2020 de la World Religion Database atribuye aproximadamente el 95,1 % de la población al cristianismo, el 1,5 % al islam y el 2,5 % a ninguna afiliación religiosa. Una estimación de Pew de 2010 dividió la población cristiana en aproximadamente un 48,1 % de protestantes, incluidas iglesias evangélicas y kimbanguistas, y un 47,3 % de católicos romanos. Las estimaciones emplean métodos distintos. En muchas comunidades, la práctica cristiana y las creencias tradicionales se combinan. Entre las comunidades religiosas más numerosas figuran la Iglesia católica, las iglesias protestantes agrupadas en la Iglesia de Cristo en el Congo (Eglise du Christ au Congo, ECC), las iglesias evangélicas y de avivamiento, la Iglesia kimbanguista, las iglesias ortodoxas, el Ejército de Salvación y la comunidad musulmana. Otros grupos incluyen a los testigos de Jehová, La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días y comunidades hindúes, judías, budistas, bahá’ís e indígenas más pequeñas. La Conferencia Episcopal Nacional del Congo (CENCO), la conferencia de obispos católicos, y la ECC representan redes eclesiásticas centrales. Organizaciones musulmanas y de otras religiones también participan en iniciativas de diálogo y paz. El artículo 22 de la Constitución protege la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Esto incluye el culto público y privado, la enseñanza religiosa, las prácticas, los ritos y la vida religiosa. Las restricciones deben basarse en la ley, el orden público, la moral pública o los derechos de otras personas; ni siquiera durante un estado de emergencia o de sitio se puede suspender este derecho. Conforme al artículo 46 de la Ley 004/2001, no hay religión estatal. Una organización religiosa se constituye legalmente como asociación sin ánimo de lucro confesional (ASBL), es decir, una asociación con fines religiosos. El ministro de Justicia le concede personalidad jurídica tras recibir el dictamen del ministerio competente. Los requisitos para operar provisionalmente incluyen al menos siete miembros reales; que el fundador o representante legal tenga al menos 30 años; no tener antecedentes penales ni condenas que impidan el registro; y contar con una titulación superior o equivalente en estudios religiosos. El lugar de culto o reunión debe cumplir los requisitos de seguridad y orden público. Una ASBL religiosa extranjera necesita autorización previa del presidente, a propuesta del ministro de Justicia. Aceptar donaciones antes de obtener personalidad jurídica o autorización provisional de funcionamiento puede acarrear consecuencias penales. El plazo legal para resolver una solicitud de registro completa es de seis meses; transcurrido ese plazo, el silencio se considera registro concedido. Sin embargo, un informe de 2023 señaló que no se habían emitido autorizaciones religiosas definitivas desde 2014. Por lo general, las comunidades nacionales con solicitudes pendientes aún podían funcionar, y también se describió que las organizaciones extranjeras podían acceder a actividades en la práctica, aunque con incoherencias jurídicas y administrativas. No hay un baremo nacional de tasas documentado de manera fiable para la afiliación, las ceremonias religiosas o las comunidades locales. El sistema escolar público distingue entre escuelas no convencionales y escuelas convencionales, que gestionan organizaciones religiosas en colaboración con el Estado. En 2022 se acordó un nuevo convenio escolar tras 45 años; entre los signatarios figuraban la comunidad musulmana, el Ejército de Salvación, los adventistas del séptimo día, las iglesias de avivamiento, la Iglesia kimbanguista y otras redes religiosas. Las escuelas públicas gestionadas por organizaciones religiosas pueden impartir enseñanza religiosa. Las escuelas estatales también pueden ofrecerla, pero por lo general no pueden exigirla; se necesita una solicitud de los padres. La administración y las tasas varían según la red escolar y la provincia. La lista nacional de días festivos oficiales incluye la Navidad, el 25 de diciembre. La lista nacional revisada no documenta un día festivo general equivalente para el Eid, la Pascua u otras festividades religiosas. Por ello, las comunidades organizan además sus servicios y celebraciones según sus respectivos calendarios confesionales. Las comunidades religiosas participan en iniciativas de consolidación de la paz, reconciliación y sociedad civil. CENCO, ECC, la comunidad musulmana y otras confesiones trabajan en este ámbito. El Consejo de Laicos Cristianos e Islámicos del Congo (COLCIC) es una plataforma de diálogo cristiano-islámico. En un taller apoyado por la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUSCO) en Goma en abril de 2026, participaron 47 líderes religiosos en debates sobre paz, reconciliación y cohesión social. El alcance y el efecto práctico de estos diálogos varían según la región. El bautismo, la confirmación, la comunión, el matrimonio religioso y los ritos funerarios dependen de cada comunidad. Un matrimonio puramente religioso no sustituye al matrimonio civil ni tiene efectos equivalentes en el derecho civil, conforme al artículo 333 del Código de Familia. El matrimonio debe inscribirse ante el registro civil; el artículo 370 establece, por lo general, un plazo de un mes. La edad civil mínima para contraer matrimonio es de 18 años para ambos sexos. Los nacimientos y las defunciones también se inscriben conforme al derecho civil y no requieren una ceremonia religiosa. El acceso a los servicios religiosos suele canalizarse a través de una iglesia, mezquita o comunidad local. Las condiciones de seguridad regionales afectan mucho a este acceso, especialmente en el este del país. En el ataque de 2023 contra una iglesia pentecostal en Lubiriha, cerca de Kasindi, murieron 16 personas y al menos 62 resultaron heridas. Los testigos de Jehová también denunciaron violencia local y exclusión de actividades en escuelas gestionadas por organizaciones religiosas. Las restricciones adicionales del Estado o relacionadas con la seguridad contra grupos concretos pueden estar vinculadas a las normas sobre reuniones y orden público.
Religión en la República Democrática del Congo
La República Democrática del Congo es mayoritariamente cristiana; también existen comunidades musulmanas, tradicionales y religiosas más pequeñas. La Constitución protege la libertad de religión, el culto público y privado, y la enseñanza y los ritos religiosos. Sin embargo, las organizaciones, escuelas y comunidades religiosas están sujetas a distintos requisitos jurídicos, ámbitos de responsabilidad y riesgos regionales.
Consejo
No considere que los servicios religiosos, las ceremonias, las escuelas y las comunidades de la República Democrática del Congo forman un único sistema. Consulte con cada comunidad las condiciones locales, los costes, los plazos y la situación de seguridad. Los ritos religiosos no sustituyen la inscripción civil.

