La ley central es el Código de la Familia (Code de la Famille). El matrimonio requiere consentimiento libre y una edad mínima de 18 años para todos los géneros; un niño no puede casarse. Una ceremonia puramente religiosa no produce efectos civiles. Un matrimonio celebrado en familia (mariage célébré en famille) puede tener efectos legales si respeta la ley y el orden público. Después debe inscribirse en el registro civil (état civil) dentro de un plazo de tres meses. Para ello comparecen los cónyuges o una persona autorizada, junto con un testigo adulto por cada cónyuge. Una vez vencido el plazo, la inscripción puede completarse a través del Tribunal de Paz (Tribunal de paix). El matrimonio civil se celebra directamente ante el funcionario del registro civil. La ley regula el precio de la novia (dot). Se ha abolido el antiguo requisito de autorización marital; por regla general, los cónyuges administran conjuntamente el hogar, los bienes y las cargas comunes y se deben respeto mutuo. Si hay conflicto entre costumbres, se aplica la de la mujer. La notificación del nacimiento es obligatoria y debe realizarse dentro de los 90 días. La inscripción dentro de ese plazo suele ser gratuita; la notificación tardía puede acarrear una sanción y un procedimiento judicial adicional. Pueden hacer la declaración uno de los progenitores, un antepasado, un pariente cercano, alguien presente en el parto o una persona autorizada por escrito. El certificado de nacimiento facilita la identificación y se necesita para asuntos como la escolarización, la atención sanitaria, los viajes y la herencia. Según los datos revisados, solo alrededor del 34 % de los menores de cinco años estaban inscritos. Las copias de certificados o los servicios prestados por un centro sanitario pueden conllevar tasas adicionales. Los progenitores y otros cuidadores legales son responsables del cuidado, la nutrición, la educación y la salud del niño, y de administrar sus bienes. Los niños tienen esos derechos independientemente de su filiación; todos los niños que se encuentran en el territorio del país disfrutan de la protección de los derechos de la infancia. Un tribunal puede escuchar al niño teniendo en cuenta su edad y madurez. Si ningún progenitor puede ejercer la responsabilidad parental, el Tribunal de Menores (Tribunal pour enfants) o el Tribunal de Paz pueden ordenar una tutela (tutelle). Un consejo de familia (conseil de famille) participa en la elección; si no hay una persona adecuada, el Estado puede asumir la tutela. En las fuentes oficiales revisadas no se encontró un servicio familiar uniforme a nivel nacional para adultos mayores, con discapacidad u otros adultos dependientes. En la práctica, los hogares, los parientes y las comunidades suelen proporcionar esos cuidados, con apoyo de servicios sociales locales cuando es necesario. No hay documentación de una prestación familiar universal nacional de apoyo social. La asistencia suele responder a riesgos concretos, separación, desplazamiento, dificultades de nutrición o problemas de protección infantil, y se deriva a través del Ministerio de Asuntos Sociales, Acción Humanitaria y Solidaridad Nacional (Ministère des Affaires sociales, Action humanitaire et Solidarité nationale), los servicios provinciales de asuntos sociales (DIVAS), organismos locales y organizaciones humanitarias. En el este del país, los conflictos armados separan con frecuencia a los niños de sus familiares. Una vía habitual incluye la notificación por parte de la comunidad, el acogimiento temporal con una familia de acogida (famille d'accueil), la gestión del caso, el apoyo psicosocial, la búsqueda de familiares y la reunificación o reintegración. El acceso y la duración dependen mucho de la seguridad, las infraestructuras y el programa. Las ayudas económicas de duración limitada, como dos pagos de 50 dólares estadounidenses cada uno para 70 familias de acogida en Goma en 2025, corresponden a programas locales y no son un derecho general. En caso de ruptura matrimonial duradera, se puede solicitar el divorcio. Una separación unilateral de al menos tres años crea una presunción legal. La solicitud puede presentarse por escrito o verbalmente ante el presidente del Tribunal de Paz del lugar de residencia del otro cónyuge o del último domicilio común. El tribunal lleva a cabo primero una fase obligatoria de reconciliación; si fracasa, continúa el procedimiento ordinario a puerta cerrada. El cuidado de los hijos se determina según su interés superior. Por regla general, el progenitor que no tiene la custodia conserva los derechos de contacto y supervisión, y ambos progenitores contribuyen al cuidado y la educación según sus medios. La duración y los costes dependen del caso, el tribunal y el lugar. La adopción formal requiere una investigación social y una decisión del Tribunal de Paz, previo dictamen de la autoridad de adopción competente. Deben tenerse en cuenta el consentimiento y el interés superior del niño. Según la información revisada, los viajes al extranjero en el contexto de una adopción internacional están suspendidos desde 2016; antes de iniciar un trámite, hay que comprobar la situación actual con las autoridades competentes. Por regla general, un familiar o una persona informada debe comunicar una defunción en un plazo de 30 días. El Código de la Familia también regula la manutención y la sucesión; los familiares supervivientes y otros parientes pueden tener obligaciones de manutención o derechos sucesorios según el orden legal.
Familia en la República Democrática del Congo
La familia en la República Democrática del Congo comprende relaciones jurídicas, de parentesco y de cuidado. El Código de la Familia regula, entre otros asuntos, el matrimonio, la responsabilidad parental, la identidad de los niños, los cuidados, la separación, la manutención, la adopción y la sucesión. Además de los organismos estatales, las familias extensas, los hogares y las comunidades proporcionan gran parte de los cuidados.
Consejo
En asuntos familiares de la República Democrática del Congo, asegura primero los documentos del registro civil y averigua qué autoridad corresponde, ya que la falta de inscripción puede dificultar más adelante la escolarización, la atención sanitaria, los viajes, los cuidados o la sucesión. Para el matrimonio, el nacimiento, la tutela, la separación, la adopción y las defunciones, recurre al organismo estatal o judicial adecuado y no des por sentada una prestación familiar general como ayuda económica. Si hay separación, desplazamiento o peligro para un niño, informa pronto a los servicios sociales, los servicios provinciales de asuntos sociales o un organismo pertinente de protección infantil.

