Los términos locales para empleador son entidad empleadora (entidade empregadora), entidad patronal (entidade patronal) y empleador (empregador). La relación laboral formal se rige principalmente por el Código Laboral (Código Laboral) y exige la inscripción en el Instituto Nacional de Seguridad Social (INPS) cuando se inicia una actividad. El INPS administra la seguridad social obligatoria. El empleador paga el 16 por ciento de los salarios cotizables y el empleado, el 8.5 por ciento; la cotización conjunta es del 24.5 por ciento. La declaración mensual de seguridad social (FOS) y el pago deben completarse como máximo el día 15 del mes siguiente. Por lo general, la inscripción del empleador o el inicio de actividad, así como la notificación de la contratación o cambio de una persona empleada, deben realizarse en un plazo de 15 días. La finalización o interrupción debe comunicarse antes del día 15 del mes siguiente. Los retrasos pueden generar intereses y multas; cuatro declaraciones FOS consecutivas impagadas constituyen una infracción grave.
Empleadores en Cabo Verde
Un empleador en Cabo Verde organiza la contratación, los procesos de trabajo, la remuneración, la seguridad y la representación de la empresa ante el personal y las autoridades. La función formal de empleador está establecida, aunque muchas unidades de la economía informal operan sin personal contratado. Según el asunto, los organismos responsables incluyen la administración laboral, la inspección de trabajo y la seguridad social.
Consejo
Considera desde el principio la función de empleador en Cabo Verde como un proceso formal: la inscripción, las nóminas, las cotizaciones sociales y las medidas de seguridad deben coordinarse. Para el trabajo habitual, la contratación directa suele ser la opción más sencilla; el trabajo temporal a través de una agencia solo resulta conveniente si una agencia autorizada cumple sus obligaciones adicionales de verificación y seguro. Mantén los plazos y registros de manera que puedas presentarlos en cualquier momento al INPS, a la autoridad laboral (DGT) o a la inspección de trabajo (IGT).

