Brunéi tiene su propia legislación familiar y servicios de apoyo formales, no formales e informales. La jurisdicción depende especialmente de la afiliación religiosa y del asunto específico. Si al menos una de las partes implicadas es musulmana y se cumplen los requisitos legales de residencia, el matrimonio, el divorcio, la manutención, la filiación, la tutela y la custodia suelen ser competencia de los tribunales de la sharía. En el marco de esta legislación, el tribunal evalúa las lagunas conforme a Hukum Syara’. Los asuntos de familias enteramente no musulmanas se rigen, entre otras leyes, por la Ley del Matrimonio, cap. 76 (Marriage Act Cap. 76), la Ley de Registro de Matrimonios, cap. 124 (Registration of Marriages Act Cap. 124), y la Ley de Tutela de Menores, cap. 191 (Guardianship of Infants Act Cap. 191). Las estadísticas oficiales también recogen matrimonios chinos, tradicionales y de otros tipos; la vía de registro concreta depende del caso y la comunidad. En general, los ciudadanos musulmanes y los residentes permanentes necesitan la aprobación previa del Registro de Matrimonios Musulmanes, Divorcio, Anulación y Ruju’ (Registry of Muslim Marriage, Divorce, Annulment and Ruju’, PPPPROI) de su distrito de residencia para planear un matrimonio en Brunéi o en el extranjero. Pueden exigirse formularios, pruebas del estado civil, certificados de matrimonios anteriores, divorcio o defunción y la confirmación del penghulu o ketua kampong. Ambos contrayentes deben dar su consentimiento; si falta el consentimiento del wali o se deniega sin motivo justificado, un juez de la sharía (Syar’ie Judge) puede resolver mediante un tutor judicial (wali Hakim). Para un matrimonio polígamo se necesita la aprobación previa por escrito del juez de la sharía; entre otras cosas, se consideran el motivo, los ingresos, las obligaciones, las responsabilidades, las personas dependientes y la opinión de la esposa actual. Tras el registro se expiden un certificado de matrimonio, una tarjeta matrimonial y un certificado Ta’liq. Las tasas y los plazos dependen del procedimiento y de los documentos presentados. El nacimiento de un hijo se registra en el Departamento de Inmigración y Registro Nacional (Immigration and National Registration Department) del distrito donde ocurrió. El padre biológico, la madre biológica o un familiar informado pueden completar el registro. Es gratuito y debería hacerse inmediatamente; los avisos presentados después de más de 14 días o más de 43 días quedan registrados como tardíos, y no registrar el nacimiento puede conllevar una multa de hasta BND 500. Entre las pruebas habituales figuran el aviso de nacimiento, los documentos de identidad de los padres, el certificado de matrimonio o una confirmación equivalente y, cuando corresponda, documentos de inmigración y de situación jurídica. Las cuestiones relativas a la filiación, la legitimidad, la manutención y la tutela de un menor musulmán se tratan conforme al marco de la sharía. En las familias no musulmanas, el matrimonio posterior de los padres puede permitir la legitimación legal conforme a la Orden de Legitimación de 2001 (Legitimacy Order 2001). La adopción también varía según la vía religiosa y jurídica. Los solicitantes y menores musulmanes se rigen por la Ley Islámica de Adopción de Menores, cap. 206 (Islamic Adoption of Children Act Cap. 206), y presentan la solicitud ante el Tribunal de la Sharía; los procedimientos de familias no musulmanas se rigen por la Ley de Adopción de Menores, cap. 205 (Adoption of Children Act Cap. 205), y se tramitan en el tribunal civil. JAPEM suele realizar una investigación social, entrevistas, una visita al hogar, una evaluación de seguridad y una evaluación de un comité responsable. La documentación puede incluir documentos de identidad, certificados de matrimonio o divorcio, declaraciones juradas, documentos de nacimiento, pasaporte y situación jurídica, registros de ingresos o bancarios y el consentimiento de la familia biológica. Para un menor abandonado o recién nacido, JAPEM ofrece una vía especial de protección para un menor abandonado o recién nacido (anak laqid); el registro posterior del nacimiento y la adopción requieren, según la afiliación religiosa, una resolución provisional y después una resolución permanente de la sharía o del derecho civil. JAPEM apoya a las familias a través de la Unidad Familiar y la Unidad Infantil en conflictos, disputas matrimoniales, inseguridad de vivienda, asesoramiento, bienestar infantil y riesgos sociales. El asesoramiento puede prestarse de forma individual, grupal, familiar, telefónica o electrónica; se accede a él a través de sucursales de JAPEM en Brunei-Muara, Belait, Tutong y Temburong. En casos de maltrato, abandono, explotación infantil, problemas de custodia o peligro fuera del control parental, la Unidad Infantil recibe denuncias del público y de instituciones. A continuación se realiza una evaluación social, se busca un lugar seguro para el cuidado y, cuando es necesario, un alojamiento de protección; también se coordina con la policía, los servicios de salud y otros organismos. La Línea Infantil 121 (Talian ANAK 121) y la Línea de Bienestar 141 (Talian Kebajikan 141) reciben consultas sobre apoyo y protección; ante un peligro inmediato, llama a la policía al 993 y al servicio de ambulancias al 991. En casos de violencia doméstica, las víctimas musulmanas pueden solicitar protección conforme a la parte VA de la Ley de Derecho de Familia Islámico, cap. 217 (Islamic Family Law Act Cap. 217). Dharar Syar’ie incluye, entre otras cosas, el temor razonable o las lesiones, la coacción y la reclusión ilegal; una orden urgente se aplica inicialmente por un periodo máximo de 28 días y puede prorrogarse. Para las familias no musulmanas, la Ley de Mujeres Casadas, cap. 190 (Married Women Act Cap. 190), contiene disposiciones de protección diferentes. JAPEM puede ayudar con formularios, pruebas, contactos judiciales y coordinación con la policía y los servicios de salud, pero no sustituye una orden judicial vinculante. En caso de divorcio, junto con la disolución del matrimonio hay que tratar la residencia y custodia del menor, el régimen de contacto, la manutención, la situación de vivienda, la protección y, cuando corresponda, las cuestiones patrimoniales. Los procedimientos musulmanes de divorcio, fasakh, khulu’, ta’liq, ruju’ y las solicitudes relacionadas de manutención o custodia suelen corresponder al Tribunal de la Sharía. Los procedimientos de divorcio de personas no musulmanas y las cuestiones de custodia, acceso y manutención se tramitan conforme al derecho civil. Los tribunales determinan la manutención según las necesidades, la capacidad de pago y las pruebas presentadas; no se puede indicar una cuantía uniforme ni un plazo general de tramitación. JAPEM puede acompañar o mediar, pero solo un tribunal establece un acuerdo ejecutable. Las familias de Brunéi suelen encargarse del cuidado práctico de parientes mayores o con discapacidad. JAPEM y el sistema nacional de bienestar (SKN) tramitan, entre otras cosas, las solicitudes de Pensión de Vejez (Old Age Pension) y Subsidio para Cuidadores (Care Provider Allowance). Por lo general, la Pensión de Vejez exige una edad mínima de 60 años y otros requisitos legales de nacionalidad y residencia, incluida la presencia efectiva durante al menos 183 días; en el caso de residentes permanentes apátridas nacidos en el extranjero, puede exigirse un periodo previo de residencia de al menos 20 años. Las tasas exactas de las prestaciones deben confirmarse en cada caso. El cuidado de menores fuera del hogar requiere una licencia como centro de cuidado infantil (Pusat Penjagaan Kanak-Kanak) conforme a la Ley de Centros de Cuidado Infantil, cap. 218 (Child Care Centres Act Cap. 218). JAPEM suele conceder esta licencia por dos años; la tasa conocida es BND 200 por la primera licencia y BND 150 por cada renovación posterior. Un servicio sin licencia puede castigarse con una multa de hasta BND 5.000, hasta dos años de prisión o ambas sanciones. El fallecimiento de un familiar se registra en el Departamento de Inmigración y Registro Nacional, preferiblemente en las 12 horas siguientes; los avisos presentados tras 12 horas o con más de tres días de retraso quedan registrados. El registro es gratuito, no registrar el fallecimiento puede conllevar una multa de hasta BND 500 y el certificado de defunción suele exigirse para seguros, la gestión del patrimonio o un matrimonio posterior. El Tribunal Superior de la Sharía también tiene jurisdicción sobre asuntos sucesorios y patrimoniales musulmanes. Las estadísticas oficiales registran un total de 87.137 hogares en 2021, con una media de 5,1 miembros; el 50,5 % tenía al menos cinco integrantes. En 2024 se registraron 2.733 matrimonios y 672 divorcios. Para 2025 se registran 458.600 residentes y 36.300 personas de 65 años o más. Estas cifras describen la población total y no establecen nada sobre cada hogar o forma de familia. No existe una oficina central que gestione todos los asuntos familiares; en casos religiosos, extranjeros, transfronterizos, jurídicamente poco claros o relacionados con la violencia, hay que dirigirse específicamente a los tribunales, las oficinas de registro, JAPEM o asesores especializados.
Familia en Brunéi
La vida familiar en Brunéi abarca las relaciones de pareja, la crianza, el cuidado, la manutención, la prestación de cuidados, la separación y los trámites tras un fallecimiento. Los tribunales de la sharía (Syariah Courts) suelen tener jurisdicción sobre las familias musulmanas y de religión mixta, mientras que las familias enteramente no musulmanas se rigen por el derecho civil. El Departamento de Desarrollo Comunitario (JAPEM) ofrece apoyo en forma de asesoramiento, protección infantil y familiar, cuidados y ayuda ante dificultades sociales.
Consejo
Primero clasifica tu asunto familiar en Brunéi según la afiliación religiosa, la situación de residencia y la urgencia, porque estos factores determinan si corresponden el tribunal de la sharía o el tribunal civil y qué autoridad es responsable. En asuntos que afecten a menores, violencia, separación, adopción o cuestiones transfronterizas, conviene involucrar pronto a una autoridad competente, ya que los acuerdos privados no sustituyen automáticamente una orden judicial, un registro o una licencia. Confirma los plazos, las tasas y los requisitos de admisibilidad directamente con PPPPROI, JAPEM, la oficina de registro o el tribunal responsable.

